Como muchos de ustedes ya sabrán este ańo además de aumentar el porcentaje de aporte que realizamos a las AFJP (se llevó del 7% al 11%), también nos aumentan el tope máximo sobre el cual nos calculan ese porcentaje.
Nuevo tope
El Decreto 279/2008 establece:
"Que se aplicará un incremento del SIETE CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (7,50%) a partir del 1° de marzo calculado sobre los haberes mensuales percibidos al 29 de febrero, y uno de la misma magnitud a partir del 1° de julio, calculado sobre los haberes percibidos al 30 de junio, ambos del corriente ańo."
Por lo tanto los topes que a principio de ańo estaban en $6.750,00 aumentó para el sueldo de Febrero del 2008 a la suma de $7.256,25 y para el sueldo de Junio aumentará hasta la suma de $7.800,47.
Así una persona que tiene un bruto de $7.800 o más, a partir del 30 de Junio va a cobrar $115,50 menos si tomamos como referencia a lo que cobraba a principio del ańo.
Impuesto a las ganancias
Esto a su vez tiene impacto sobre el cálculo del impuesto a las ganancias, es por ello que prepare una nueva versión de la planilla, para que la puedan bajar:
[download id="10"]
La nueva versión de la planilla la pueden bajar acá: nueva versión
Nota: Esta versión tiene la corrección sobre el cálculo del SAC.
Los que se encontraban cobrando $6.750 o más de sueldo bruto van a ver que el impuesto a las ganancias retenido es menor.
Futuros aumentos en los aportes
Hoy leí en los diarios, que nuestro defensor sindicalista Moyano se habría reunido con Cristina para pedirle un aumento en el tope de aporte a las obras sociales. De llegarse a concretar esto, vamos a estar cobrando aún menos sueldo de bolsillo.
Cualquier novedad que tengan me avisan por acá y vuelvo a modificar la planilla.
Seba, primero que nada decirte gracias por toda esta info , es de gran ayuda.
tengo 2 preguntas para hacerte en cuanto al llenado del formulario de ganancias 1ra como se pone lo de la empleada domestica , pongo directamente gastos por personal domestico y el importe mensual? sin ningun otro dato ? 2do. en cuanto al credito hipotecario, que datos tengo que poner? directamente el importe anual de los intereses Ej 14000 , algun otro dato mas ? te piden que adjuntes algun otro detalle ? . Te lo consulto porque me quiero agregar estas cosas a mi formulario lo antes posible asi no me siguen robando y usando mi plata para llevar gente a los actos de plaza de mayo.
dede ya muchas gracias Seba.
Dante.
Hola, mi esposo es empleado provincial en entre rios y cobró de bruto en mayo 5141.54, estamos casados y tenemos un hijo y estamos esperando el segundo, de aportes jubilatorios tuvo 728.51 y de obra social 144.00 y le descuentan un seguro provincial de 64.38, de ticket canasta percibe 312.69, aún así pagó 49.8 de impuesto a las ganancias y el mes anterior 112.59, con un sueldo de 5194.46, aportes jub de 718.39 y obra social también 144.00, ticket 312.69, por qué cuando pongo estos montos en la planilla adjunta a este artículo me dá que no tendría que pagar impuesto a las ganancias? nunca le han dado ninguna planilla para llenar en el trabajo referida a este impuesto, esto tiene que ver? puede ser que no esté descontando lo correspondiente porque nunca ha presentado el formulario 572? cómo debe hacer para presentarlo?
Sebas, de nuevo, si bien el decreto 279/08 establece el aumento del 7,5% para Jubilacion, el calculo se realiza de Marzo a Junio 90,70(mopre) * 80 = 7256 y Julio 97,50(mopre)* 80 = 7800 sin centavos. Saludos.
Seba, lo prorrateo en 7 meses desde Junio inclusive a Diciembre y el SAC de diciembre en Diciembre… la planilla la hago para chequear el sistema de sueldos. Se de Excel pero tus planillas me superaron…. excelente.
El aumento del tope todavia no esta en el Boletin oficial.
Sergio, gracias por avisar! Ni bien pueda corrijo la planilla y la vuelvo a subir.
Para los que quieren leer la nota acá pueden hacerlo: Sube este mes el aporte a la obra social
Saludos!
Virginia, ¿en cuantos meses prorrateas el 1° SAC?
Hay que ver como conviene re acomodar la planilla.
Por cierto, ¿usás la planilla para liquidar sueldos?
Saludos!!
Jose Luis, el cálculo de los descuentos previsionales debería darte exacto a lo que dice tu recibo de sueldo. Decime cuanto te descuentan realmente y vemos como llegan a ese número.
El hecho de que se clave el monto máximo de descuentos previsionales es porque así lo dice la Ley, para cada item hay un tope sobre el cual pueden hacer el descuento.
Es por esto que ves que el descuento previsional a partir de un cierto valor no sigue aumentando.
Saludos!!
Hola Sebastián, he leído en estos días en La Nación que desde este mes cambian los límites de los descuentos de obra social (en vez de 4800 pasa a 7256 y desde Julio, pasa a 7800 para que quede igualado con el límite del aporte jubilitario). Yo lo cambio en la planilla, al menos desde Julio. La pregunta es si tengo que modificar la celda “INSSJP” también o sólo la que dice “Obra Social”. Gracias.
Hola Sebastian, yo liquido sueldos y tengo una duda, yo prorrateo el 1er. SAC como hago alguna formula que me calcule prorrateado la proporcionalidad de los descuentos previsionales tambien, porque la planilla no la contempla…. esta muy buena la planilla.
Sebastian:
Quiero hacerte una consulta, estuve cargando los valores en la planilla de calculo del impuesto, y note que en descuentos previcionales ( entiendo como AFJP 11% -Obra social 3% -Ley 19032 3%), no me coinciden con los valores que saco yo. Te comento, trabajo en una empresa automotriz, en el recibo me figura, sueldo bruto 13.722,75 de los cuales 5.194,00 es el basico y lo demas es horas extras, premio de produccion y ticket canasta($335).En la tabla el valor que tira es -1.030,50, ¿estare cargando algo mal? Asi mismo el valor de retencion en el mes no es exacto, ¿quisiera saber si es estimativo, o tendria que ser exacto?
Me di cuenta que a partir de un ingreso bruto de $6.750 el descuento previcional se clava en -1030,50. ¿a que se debe?
Desde ya, gracias por la informacion en la pagina, que me esta siendo de mucha ayuda.
Muchas gracias….voy a ver que puedo ir “chusmeando” de todo esto…
Abrazo
Hola Sebas, mi pregunta es la siguiente, estuve viendo la planilla y me llamo algo la atencion, la famosa tablita de Machinea, yo creia que se tomaba sobre el total de las remuneraciones que tenia alguien durante el año, antes de los descuentos, no despues como esta en la planilla, porque segun se, los 7000 mensuales es el limite de esta tabla y con la planilla, es mucho mas. Queria saber si estoy equivocado, parece que vos sabes mucho mas que yo y espero realmente yo estar equivocado.
Eduardo, yo creo que debe haber gente declare items que en realidad no debería aplicarles, como por ejemplo los aportes voluntarios a la AFJP.
Ahora bien, evadir impuestos es un delito, con lo cual puede llevar a que las personas que falsean datos tengan problemas en el futuro.
Saludos!!
Mi preguna es si alguien declara con el F572 para deducir “cosas” que no son de verdad, por ej: un crédito hipotecario que no tiene, aportes voluntarios a AFJP que no tiene, cuotas medicos asistenciales, donaciones, etc. y que en realidad no existen; qué es lo que puede suceder? hay controles? Gracias
Luciano, por el momento sólo sirve para empleados en relación de dependencia.
Todavía no me he puesto a investigar como se calcula para los autónomos.
Saludos!!
Sebastian: Sirve esta tabla en el caso de ser autonomo responsable inscripto?
David, gracias por avisar! ya corregí el link de descarga.
Saludos!!
Pato, lo que cargas en el F.572 o en la planilla debería ser lo mismo. En pocas palabras tenés que poner el 40% de los honorarios médicos, después ellos se encargarán de calcular ese 5% de restricción.
Saludos!!
perdon no s si toy ciego o q peor no veo vinculo apra poder bajar la palnillita
Gracias
David
Gracis Sebas por tu respuesta! Yo te preguntaba el monto que tenia que poner en el formulario 572.. esa es mi duda. No se si poner el 40% de lo facturado, sin tener en cuenta la restriccion del 5% o si tener en cuenta ese calculo. Entiendo que la planilla lo tiene todo en cuenta, pero quiero saber a nivel AFIP que es lo que tengo que declarar en el 572…
muchas gracias!!!
Eugenio, para bajar la última versión de la planilla no tenés que estar registrado.
La última versión de la planilla es la 3. Mirá mas arriba en este mismo post.
Saludos!!
Pato, si pagas $11.000 al año en la planilla podés declarar el 40% de lo que se te facturó, la planilla de cálculo ya tiene en cuenta el 5% de tu neto.
Saludos!!
Sebas:
Estoy por empezar a laburar, y quiero ver algo de como es el tema del bendito impuesto a las ganancias.
Intenté ajar la planilla, pero me pide estar registrado.
Y cuando me quiero registrar, no puedo, porque me tira un error de “Banned IP”, lo cual me llama poderosísimamente la atención. ¿Como puedo solucionar eso?
¿Me podrías pasar la tabla por mail?
Un abrazo y mil gracias de antemano.
Espero tu respuesta.
Seba, como andas? la verdad que hace 2 dias me propuse empezar a comprender el tema del IIGG ya que me empieza a pegar fuerte por un par de aumentos que tuve. La realidad es que en ningún lugar hablaba claramente como era que se hacía el cálculo mensual, hasta que caí en tu página. 10 Puntos !!! en una tarde, entendí cada uno de los conceptos!!! mil gracias. Sin embargo, me queda una dudita pequeña:
-Pago de Psicolo casi $11000/año, siendo el 40% = $4400. En el form 572, que tengo que poner? las 11K, las 4.4K o el maximo tal que no supere el 5% del total neto (por ejemplo supongamos que mi ganancia neta del ejercicio es 50000, por lo que el 5% ese $2500), que en este caso es $2500?
mil gracias y felicitaciones por tu voluntad… ojala los de la AFIP fueran asi tambien.
Dani, los cruces de información que yo conozco son sueldos en blanco de las personas a cargo y créditos hipotecarios… eso no quiere decir que hayan otros que se estén realizando actualmente.
Saludos!!