¿Cómo se calcula el impuesto a las ganancias? – Deducciones

Deducciones posibles

Para el cálculo del impuesto a las ganancias se toma como base la declaración jurada del formulario F.572, en el cual cada empleado debe incluir el detalle de las deducciones que pueda registrar en el año en curso.

A partir de esto, empleador que actúa como agente de retención del impuesto, deberá completar el formulario F.649:

Formulario 649 Formulario 649 segunda hoja

Dentro de las deducciones posibles existen dos tipos: generalizadas y personalizadas.

Las generalizadas se aplican a todos, sólo basta con ser residente de la Argentina para que sean tenidas en cuenta. Las personalizadas, en cambio, surgen de la declaración jurada incluida en el F.572.

Dentro de las deducciones generalizadas tenemos:

Concepto Descripción
Aportes jubilatorios obligatorios Descuento previsional en el recibo de sueldo.
Descuento obligatorio para obras sociales Descuento por Obra Social e INSSJP en el recibo de sueldo.
Ganancia no imponible Son $12.960. Aplica a todos los residentes del país.
Deducción especial Son $62.208. Aplica a todos los residentes del país.

La lista de deducciones personalizadas es la siguiente:

Concepto Tope Descripción
Aportes voluntarios a la AFJP Sin límite Aportes voluntarios a la AFJP que tenemos asignada.
Seguros de vida $996,23 por año En los seguros con capitalización, sólo se puede tomar la parte de la prima que cubre el riesgo de muerte.
Gastos de sepelio $996,23 por año y por fallecimiento Originados por el fallecimiento del contribuyente y de sus cargas de familia Debe contarse con la documentación que acredite el gasto.
Seguros de retiro privado $1.261,16 por año Debe tratarse de aportes a entidades sujetas al control de la Superintendencia de seguros o a entidades mutuales inscriptas en el Instuto Nacional de Acción Cooperativa.
Cargas de familia Sin límite Monto: $14.400 (cónyuge), $7.200(hijos) y $ 5.400 (otras cargas)
Requisito: ser residente en el país, estar a cargo del contribuyente y no tener entradas netas anuales superiores a $ 12.960
Personas que pueden ser cargas de familia: hijos, hijastros, nietos, bisnietos, hermanos, yernos y nueras (menores de 24 años o incapacitados para el trabajo).
Otros: padre, madre, abuelos, bisabuelos, padrastro, madastra y suegros.
Intereses préstamos hipotecarios $20.000 por año Intereses de préstamos hipotecarios por compra o construcción de inmuebles destinados a casa habitación para vivenda única.
Honorarios médicos Hasta el 5% del rubro 3 Hasta un 40 % del total facturado. No se incluyen los medicamentos o gastos de farmacia.
Deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Facturada por el respectivo prestador del servicio
- Los conceptos que se pretenden deducir no deben encontrarse beneficiados por sistemas de reintegro (si así fuera sólo se puede computar la parte no sujeta a reintegro)
Esta deducción procederá sólo en la liquidación anual o final
Donaciones Hasta el 5% del rubro 3 1. Debe tratarse de donaciones al Estado Nacional, provincial o municipal; instituciones religiosas o asociaciones, fundaciones y entidades civiles.
2. Dichas instituciones deben estar reconocidas como exentas por la AFIP
3. Deben realizarse por depósito bancario a nombre del donatario
4. Presentar a la AFIP (por internet con clave fiscal) archivo informativo con los datos relevantes de las donaciones efectuadas
(El requisito 4 no es obligatorio en los casos de donaciones periódicas no mayores a $1.200 o de donaciones eventuales no superiores a $600, de las cuales se deberá conservar el recibo, ticket o cupón que la respectiva institución extienda habitualmente, que serán aceptados como principio de prueba de estas donaciones).
Cuotas Medicina Privada Hasta el 5% del rubro 3 Cuotas a empresas de medicina prepaga u otras instituciones que brinden cobertura médico asistencial al contribuyente y sus cargas de familia.
Personal Doméstico $12.960 por año Importes abonados como contraprestación y contribuciones patronales.

Se deben conservar los tickets que respaldan el pago mensual de los aportes y contribuciones, como así también el documento que acredite el importe abonado al trabajador en concepto de contraprestación por el servicio prestado.

Rubro 3

El rubro 3 se obtiene en el formulario F.649 y se calcula de la siguiente manera:

Sueldo Bruto + Tickets + Gratificaciones
-
Aportes Jubilatorios
-
Aportes para obras sociales
-
Seguro de vida
-
Gastos de Sepelio

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En el próximo post voy a comentar cómo se calcula el impuesto a las ganancias de acuerdo a la escala de la ganancia neta imponible.

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167 respuestas a ¿Cómo se calcula el impuesto a las ganancias? – Deducciones

  1. roxana dijo:

    hola , tengo hecho el tramite de concubinato,a mi pareja le dieron el F572 este mes cobro $7500 (solo por un premio) el resto del año promedio de $5000 tenemos un hijo de un mes y yo tengo un hijo de 15 años . Hicimos el tramite en el juzgado declarando que estaba a cargo de mi pareja. A él lo toman como soltero , o casado y 2 hijos.
    Gracias

  2. Alejandro dijo:

    Hola estimados, estaba pensando, tal vez erroneamente, pero viendo todas mis cuentas y en todas me descuentan el iva, no deberia deducirse eso tambien?, habria que pensarlo, porque se paga mucho si uno hace una cuenta anual, a mi me descuentan de ganancias tanto que no veo los derechos ganados como trabajador, es decir aguinaldo y vacaciones. que Dios nos ampare.

  3. abel dijo:

    Como el descuento de ley parta la obra social no alcanza , la empresa me paga la diferencia para mantener un plan familiar en una prepaga .
    Este monto son unos 1000 pesos por mes.
    Lo puedo descontar de ganancias?
    Muchas Gracias

  4. Patricia dijo:

    Hola
    quisiera saber como calculo el impuesto a ganancias de una empresa de servicios para un negocio particular.
    muchas gracias

  5. damian dijo:

    quiero saber si es lo mismo para descargar impuestos estar casado o concubino? en el caso que si cuanto descarga? es maso menos como dos hijos a cargo?

  6. Maru dijo:

    Hola, yo era empleada bancaria, en la liquidacion final me descontaron Impuesto a las Ganancias y me gustaria saber si corresponde o no, vale aclarar que mensualmente No pagaba impuesto a las ganancias.
    Muchas gracias.

  7. Sosa Norberto Marcelo dijo:

    Hola Seba, mi consulta es si un mes como puede ser diciembre en que se cobra aguinaldo, alguna gratificación, en otros casos también vacaciones, en donde el global mensual es alto y puede uno ser suceptible del descuento por impuesto a las ganancias; mi pregunta es, si al mes siguiente se reintegra el monto descontado el mes anterior, por no llegar al monto necesario para el descuento del impuesto.
    Desde ya muchas gracias por tratar estos temas, los cuales en algunas circunstancias todavia resultan un tanto confusos.

  8. lucas dijo:

    hola soy prestador de servicio monotributo y me estoy x pasar en la facturacion calculo que voy a tener que inscrivirme quisiera saber cuanto se paga de ganancias y que deduciones tengo soy casado .gracias

  9. erminio dijo:

    Se puede descontar de ganancias los gastos en alimentos para el personal brindado en la empresa?
    Gracias por su respuesta

  10. maximiliano martinez dijo:

    hola como estas?¿ trabajo como empleado en una empresa multinacional, gano $5000 mensuales ,tengo a mi hija de 3 años a cargo , como se calcula el impuesto?¿no estoy casado todavia ,desde ya muchas gracias

  11. Gustavo dijo:

    Hola , en el trabajo desde siempre me pagaron el exedente del valor de la prepaga que no me cubre el descunto en el recibo de sueldo, ahora con un nuevo contador que ingresó en la empresa, me suma al bruto del sueldo lo que la empresa me paga de la prepaga, y con eso calcula ganancias. ¿esto es correcto?
    Desde ya muchas gracias

    • Sebas dijo:

      Gustavo, si te lo agregó al bruto entonces supongo que ahora cobras más sueldo por mes, y por lo tanto, tenés más ingresos por el SAC y por las vacaciones.
      En teoría, esté agregado al bruto o no, cualquier pago de trabajo por parte del empleador está sujeto al impuesto a las ganancias.

      Saludos!!

  12. juan david von kunoski dijo:

    quiero saber cual debe ser el monto bruto de sueldo para que me descuente impuesto de la ganancia gracia saludo

  13. Horacio Rodriguez dijo:

    Soy docente investigador de la Universidad Nacional de la Patagonia, y desde hace una década compro, al igual que la mayoría:
    1: útiles, libros, cartuchos de impresoras, etc para poder desarrollar la tarea docente.
    2: elementos de laboratorio, drogas, PC, software,.. para poder hecer las investigaciones.
    ¿Es posible deducir parte de estos gastos?, y en el caso afirmativo, ¿como ? .
    Aquí se nos dice que no es posible, pero tengo dudas al respecto ya que son gastos profesionales.
    Agradecido por su ayuda.

  14. Alberto dijo:

    quiero saber cuanto me van a descontar para impuesto a las ganancias cobro $7.000 tengo a cargo mi esposa y dos hijos de 16 y 10 años y los dos estudiando.

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